Arraigo Social
Para personas con permanencia continuada de al menos 2 años que acreditan vínculos familiares o integración social.
Ver requisitosServicio especializado
Para personas con 2 años de permanencia que se comprometen a realizar formación oficial reglada.
Modalidades
El Reglamento de Extranjería contempla 5 modalidades de arraigo. Cada una tiene requisitos y documentación específicos. Revisa la que se ajusta a tu caso y haz clic para ver el detalle completo y contratar.
Para personas con permanencia continuada de al menos 2 años que acreditan vínculos familiares o integración social.
Ver requisitosPara personas que acreditan contrato de trabajo y 2 años de permanencia continuada en España.
Ver requisitosPara personas con 2 años de permanencia que se comprometen a realizar formación oficial reglada.
Ver requisitosPara familiares directos de ciudadanos españoles o padres de menores españoles. No exige tiempo mínimo.
Ver requisitosPara personas que en los últimos 2 años perdieron su autorización de residencia y quieren recuperarla.
Ver requisitosℹ️ Cada expediente se estudia de forma personalizada y puede requerir documentación complementaria.
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Permite a personas en situación irregular con al menos 2 años de permanencia en España obtener una autorización temporal comprometiéndose a cursar una formación reglada orientada al empleo.
Se obtiene una autorización de residencia inicial de 12 meses (prorrogable 12 meses más) para cursar la formación.
Residencia temporal de 12 meses (prorrogable otros 12) para cursar la formación con autorización de trabajo por cuenta ajena o propia.
ℹ️ Cada expediente se estudia de forma personalizada. Durante la revisión inicial podemos requerirte documentación complementaria en función de tu situación concreta.